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Reglamento del Trabajo Final
Carrera: Licenciatura en Nutrición
Año: 2019


Objetivo:
ART. 1
º: La formación curricular teórico-práctica del estudiante aspirante al título de Licenciado
en Nutrición culminará con la elaboración, presentación y defensa de un trabajo final, cuyo
objetivo es promover en los egresados la capacitación, el interés por el estudio y la
investigación de problemas alimentarios y nutricionales, y el criterio de apertura a nuevos
cambios de su actividad profesional, basado en los conocimientos adquiridos durante la
carrera.
ART. 2º: El Trabajo Final de Licenciatura en Nutrición (T.F.L.N.) deberá ajustarse a la
modalidad de Trabajo de Investigación. La temática deberá responder al perfil y objetivos de la
carrera y tener relación directa con las distintas áreas de nutrición tomando en cuenta que la
formación del Licenciado en Nutrición se caracteriza por la integración de diferentes saberes
disciplinares y prácticas que requieren perspectivas críticas sobre el alcance y objetivos de la
tarea de investigación. La realización del T.F.L.N. y su aprobación es el último requisito para la
obtención del grado de Licenciado/a en Nutrición.

Estructura y funcionamiento del Trabajo Final de Licenciatura en Nutrición:

ART. 3º: El T.F.L.N. se desarrollará en el marco de la asignatura “Seminario y Trabajo Final” y tendrá la siguiente estructura:
– Profesor Responsable del Seminario y Trabajo Final: un docente idóneo dictará y coordinará los seminarios y talleres preparatorios para la realización del Trabajo Final. Además podrá solicitar la colaboración de los docentes de toda asignatura que por su pertinencia correspondiera, para la realización de los Seminarios explicitados en el Artículo 4º.
– Comisión de Apoyo al Trabajo Final: Integrada por tres miembros permanentes, que podrán tener cargo de Jefe de Trabajos Prácticos o superior; como asimismo cualquier otra persona con idoneidad para la función. Además habrá un representante por la Coordinación de la carrera de Licenciatura en Nutrición. Cuando esta comisión lo considere necesario deberá intervenir el Comité de Ética de la Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas (FBCB), para expedirse sobre el cumplimiento de normas éticas en investigación.
– Tribunal de Evaluación de la propuesta del Plan de Trabajo: El tribunal de evaluación de la propuesta del Plan de Trabajo, estará constituido por tres (3) miembros titulares, quienes serán convocados por la Comisión de Apoyo al Trabajo Final, de acuerdo a la pertinencia en la temática propuesta. Están habilitados para integrar el tribunal todos los docentes de la FBCB y toda persona que sea considerada idónea por la Comisión de Apoyo al Trabajo Final.
– Tribunal de Evaluación del Trabajo Final: El tribunal de Evaluación del Trabajo Final estará constituido por los tres (3) miembros titulares que evaluaron la propuesta de Plan de Trabajo y un (1) suplente. Los mismos serán designados por el/la Decano/a a propuesta de la Comisión de Apoyo al Trabajo Final. Están habilitados para integrar el tribunal todos los docentes de la FBCB y toda persona que sea considerada idónea por la Comisión de Apoyo al Trabajo Final.

Del Profesor Responsable:

ART. 4º: El profesor responsable de la asignatura Seminario y Trabajo Final deberá reunirse periódicamente con la Comisión de Apoyo al Trabajo Final, a fin de:

a) Concertar Seminarios anuales que tendrán el carácter de obligatorios para los estudiantes, a fin de informarlos sobre las líneas de investigación que se desarrollan en la Institución en las que pueden inscribirse, las condiciones que deben reunir los Directores y/o Co-Directores del T.F.L.N., el cupo que cada docente tiene para dirigir T.F.L.N., recursos institucionales disponibles, el Cronograma de Seminarios/Talleres específicos que se establecen en el siguiente inciso, y todo otro aspecto que el responsable del Seminario y la Comisión de Apoyo al Trabajo Final consideren pertinentes para lograr el éxito de la tarea que se emprende.
b) Organizar el Dictado de Seminarios/Talleres específicos sobre Metodología de la Investigación (técnicas cuantitativas y cualitativas, búsqueda bibliográfica, redacción de artículos científicos, entre otros), Estadística e Informática (uso de programas estadísticos), a fin de acompañar a los estudiantes en su proceso de realización del Seminario y Trabajo Final.
Estos Seminarios/Talleres serán un requisito para poder presentar el Trabajo Final.
c) Comunicar todo inconveniente a la Coordinación de la carrera de Licenciatura en Nutrición.

De la Comisión de Apoyo al Trabajo Final:

ART 5º:
Esta Comisión deberá:
a) Evaluar el cumplimiento de los lineamientos de la presentación de la propuesta de Plan de Trabajo y T.F.L.N. como así también, de los requisitos académicos para la presentación del T.F.L.N.
b) Asignar el Tribunal de evaluación de la propuesta del Plan de Trabajo como así también del
T.F.L.N.
c) Confirmar la existencia de un Director y Co-Director, si lo hubiera, que respalden la propuesta del Plan de Trabajo y cumplan con los requisitos que a tal fin se establecen en el presente reglamento, incluidas las consideraciones éticas explicitadas en el ART. 16.
d) Sistematizar por área temática las propuestas de Planes de Trabajo presentados a fin de proponer el Tribunal de Evaluación según competencias y afinidades de los jurados.
e) La Comisión de Apoyo al T.F.L.N. no cumplirá funciones de asesoría metodológica, siendo éstas inherentes al rol de Director y Co-Director, si lo hubiera, según lo estipulado en el ART. 10.

Del Tribunal de Evaluación

ART 6º:
Este Tribunal deberá:
a) Evaluar la propuesta de Plan de Trabajo emitiendo los dictámenes correspondientes (ART. 9).
b) Evaluar el T.F.L.N emitiendo los dictámenes correspondientes (ART. 15).
c) Concurrir a la defensa oral (ART. 15).
d) Confeccionar el acta de examen (ART. 15).

De las condiciones de inscripción y admisión a “Seminario y Trabajo Final”:

ART.7º:
Es requisito para inscribirse a la asignatura, contar con todas las asignaturas obligatorias del Bloque 4.1 aprobadas, y el Bloque 4.2 regularizadas o aprobadas. Además, contar con al menos tres (3) asignaturas optativas y/o electivas regularizadas o aprobadas.

De la estructura del Trabajo Final de Licenciatura en Nutrición:

ART. 8º:
a) El T.F.L.N. deberá ser realizado atendiendo al máximo rigor científico, formulando con claridad la problemática que se estudia e investiga, el marco teórico conceptual y la metodología que se seguirá para alcanzar los objetivos planteados.
b) El T.F.L.N. podrá realizarse en forma individual o grupal, siendo tres (3) la cantidad máxima de estudiantes admitida. En caso de ser grupal, la cantidad de estudiantes que integren el grupo deberá fundamentarse correctamente en la propuesta del Plan de Trabajo. c) Las etapas del proceso conducente a la producción del T.F.L.N. serán:

– Presentación de la Propuesta del Plan de Trabajo – Presentación del T.F.L.N. – Defensa Oral y Pública.

De la propuesta del Plan de Trabajo:

ART. 9º:
-El Plan de Trabajo se presentará a la Comisión de Apoyo al Trabajo Final, junto a una nota firmada por el/los estudiantes y el Director y Co-Director en caso de que existiera, aceptando la presentación del plan y su dirección bajo los términos del presente reglamento.
-Los estudiantes deberán presentar la propuesta del Plan de Trabajo hasta el 1°de noviembre del año de cursado de la asignatura Seminario y Trabajo Final. Ésta será sometida a consideración de la Comisión de Apoyo al Trabajo Final, la cual asignará la evaluación de la propuesta a 3 jurados en un plazo máximo de catorce (14) días corridos. Los jurados dictaminarán sobre la aceptación u observación de dicha propuesta, dentro del plazo máximo de catorce (14) días corridos a partir de la recepción de la misma. En caso que la propuesta del Plan de Trabajo sea observada, el/los estudiante/s podrán presentar el plan modificado, hasta el 1 de Febrero del próximo año, como fecha límite.

La Propuesta de Plan de Trabajo deberá:
a) Ajustar los aspectos formales de la presentación escrita a los lineamientos presentados en la asignatura Seminario y Trabajo Final.
b) Incluir Curriculum Vitae del Director en caso de que este no fuera docente de la Universidad Nacional del Litoral.
c) Adjuntar aval escrito del lugar de realización del T.F.L.N. en caso de que el mismo no se desarrolle en el ámbito de la FBCB, describiendo cuáles son las facilidades disponibles para su realización y constando la firma de la máxima autoridad responsable de la/s institución/es.
d) Incluir los formularios para proyectos, establecidos por el Comité de Ética y disponibles en la página Web de la FBCB, a los fines de ser elevado para consideración de este Comité cuando fuera necesario.

Del Director y/o Co-Director del T.F.L.N.

ART. 10 º.
a) Será requisito para ejercer la dirección o co-dirección de un T.F.L.N. la idoneidad en el tema propuesto, la cual en todos los casos será evaluada por la Comisión de Apoyo al Trabajo Final.
b) Podrán ser Directores o Co-Directores los docentes de la FBCB, con cargo de Profesor o Jefe de Trabajos Prácticos, los Profesores de otras Facultades de la Universidad Nacional del Litoral o de otras Universidades, los investigadores o profesionales que desempeñen funciones en organismos públicos o privados.
c) La designación de un Co-Director será optativa. Cuando el Director propuesto no desarrolle sus funciones en el ámbito de la FBCB deberá designarse un Co-Director que pertenezca a la institución y que reúna los requisitos estipulados en el ART. 10, incisos a) y b). d) Serán funciones del Director del T.F.L.N: – Orientar y supervisar la realización del trabajo.
– Informar a la Comisión de Apoyo al Trabajo Final, acerca del desarrollo de las actividades del/los estudiante/s cuando le sea requerido, o cuando lo considere pertinente.
– Asegurar la disponibilidad de los medios para que el trabajo del o de los alumno/s pueda desarrollarse de acuerdo a lo propuesto en el Plan de Trabajo.
– Sugerir la asistencia a cursos o congresos que por su temática sean un enriquecimiento a la formación del Trabajo Final.
– Asistir a la defensa oral y pública del T.F.L.N.
e) Serán funciones del Co-Director colaborar con el Director en las funciones anteriormente detalladas, y eventualmente reemplazarlo en casos de fuerza mayor.
f) El Director y Co-Director, si lo hubiera, con sus firmas en la aceptación escrita (según ART.9) del Plan de Trabajo y del T.F.L.N estarán:
– Aceptando desempeñar esta función, – Conociendo y aceptando el presente reglamento,
– Autorizando al estudiante a presentar el T.F.L.N.
La ausencia de estas firmas será causal para la no aceptación de su presentación.
g) El número máximo de Trabajos Finales que el Director y Co-Director, si lo hubiere, están autorizados a dirigir, será proporcional a su dedicación. Considerando que puede dirigir un Trabajo Final por dedicación simple o equivalente que posea (Cargo Simple: 10 horas reloj). Se considerarán las cargas horarias de la dedicación de todas las tareas relacionadas con la propuesta del Plan de Trabajo.

De los Estudiantes:

ART. 11º:
a) El/los estudiantes deberá/n:
– Conocer y cumplir el presente Reglamento, así como también dar a conocer el mismo al Director y Co-Director, si lo hubiera.
– Participar activamente en el desarrollo de todas las etapas del proceso de elaboración del T.F.L.N.
– Responsabilizarse de cualquier falseamiento y/o adulteración voluntaria de la información.
– Cumplir con las observaciones/indicaciones realizadas por el Director y/o Co-Director en relación al desarrollo del proyecto y cumplir con los plazos que se establezcan.
b) El/los estudiantes están obligados a entregar ante requerimientos del Director del T.F.L.N. todo el material necesario para su seguimiento y corrección (encuestas, base de datos, bibliografía y todo elemento anexo).
c) Estarán en condiciones de presentar el Trabajo Final todos los estudiantes que hayan aprobado la totalidad de las asignaturas obligatorias, electivas y optativas de la carrera, y posean condición de regular en la asignatura de Seminario y Trabajo Final. Aquel estudiante que, participando de un T.F.L.N. no cumple con estos requisitos, perderá todos sus derechos como integrante del mismo.
d) En el caso de renuncia del Director y no habiendo un Co-director, el/los estudiantes tendrán veinte (20) días hábiles, desde la notificación, para proponer una nueva dirección. La Comisión de Apoyo al Trabajo Final establecerá las condiciones de continuidad del Trabajo Final.
e) En el caso de abandono de algún integrante del grupo, el resto de los estudiantes que lo integran con el aval del Director podrán elevar una nueva propuesta del Plan de Trabajo con las modificaciones pertinentes.

Del lugar de realización del T.F.L.N.

ART. 12º
El T.F.L.N. podrá desarrollarse en la Universidad Nacional del Litoral u en otro ámbito. En todos los casos la Comisión de Apoyo al Trabajo Final evaluará que el lugar propuesto cuente con la infraestructura adecuada para desarrollar las actividades del Plan de Trabajo.

Del plazo de realización del T.F.L.N.

ART. 13º
El T.F.L.N. deberá desarrollarse a partir de la notificación de la aceptación del Plan de Trabajo, extendiéndose hasta un plazo máximo de un año. El/los estudiante/s podrá solicitar una única prórroga de seis meses fundamentada debidamente y avalada por su Director y Co- Director en caso de que existiera.
La nota de pedido de prórroga deberá presentarse quince (15) días hábiles antes de vencido el plazo de un año, a la Comisión de Apoyo al Trabajo Final.

De la presentación del T.F.L.N.

ART. 14º
a) El T.F.L.N. deberá presentarse en formato PDF. Sin embargo, uno o más ejemplares impresos podrán ser solicitados al estudiante, atendiendo las preferencias de los 3 (tres) jurados titulares.
Una vez evaluado el T.F.L.N por los miembros del tribunal, el/los estudiante/s deberá enviar la versión final, según las correcciones de los jurados, al correo electrónico de la Comisión de Apoyo al Trabajo Final (comisiontfln@gmail.com); con copia al Director y Co-Director, si lo hubiera, y previo a la defensa oral del T.F.L.N. El Trabajo Final pasará a formar parte del repositorio virtual de Biblioteca.
b) En los aspectos formales, la presentación escrita se ajustará a los lineamientos planteados en la asignatura Seminario y Trabajo Final, que consta del siguiente esquema:

– Carátula (Página Inicial).
– Resumen.
– Índice.
– Introducción.
– Fundamentos teóricos.
– Objetivos.
– Diseño metodológico.
– Resultados.
– Discusión.
– Conclusiones.
– Referencias Bibliográficas.
– Anexos.

De la evaluación del T.F.L.N.

ART. 15º
a) Una vez recibido el T.F.L.N., la Comisión de Apoyo al Trabajo Final, elevará al Decano/a una propuesta de designación del Tribunal de Evaluación, el cual estará integrado por los 3 (tres) miembros titulares, previamente asignados a la evaluación de la propuesta del Plan de Trabajo, y al menos 1 (un) miembro suplente. La Comisión de Apoyo al Trabajo Final tendrá la potestad de modificar dicho tribunal en caso de que sea realmente necesario.
b) Los miembros titulares del Tribunal de Evaluación, una vez designados recibirán cada uno un ejemplar del T.F.L.N. para su consideración.
c) Dentro del plazo máximo de 30 (treinta) días corridos a partir de la fecha de entrega del T.F.L.N. al Tribunal de Evaluación, éstos deberán elevar los dictámenes por escrito al correo electrónico de la Comisión de Apoyo al Trabajo Final (comisiontfln@gmail.com), indicando su aceptación u observación.
d) En caso que el Tribunal de Evaluación realice observaciones del T.F.L.N., el/los estudiante/s contará/n con un plazo adicional de hasta 6 (seis) meses para realizar las correcciones necesarias, luego de lo cual deberán elevarlo nuevamente a la Comisión de Apoyo al Trabajo Final (comisiontfln@gmail.com) en formato pdf, para consideración por parte del Tribunal de Evaluación.
e) Si el T.F.L.N. es aceptado, el/los estudiante/s deberán realizar su defensa en forma oral y pública. La defensa se llevará a cabo dentro del plazo de al menos 48 horas y máximo de 30 (treinta) días corridos, contados a partir de la aceptación del T.F.L.N. por parte del Tribunal de Evaluación. La fecha exacta será definida por la Comisión de Apoyo al Trabajo Final, en función de la factibilidad de reunir a los jurados. El/los estudiante/s expondrá/n su trabajo, durante un tiempo máximo de 45 (cuarenta y cinco) minutos, luego del cual podrá/n ser interrogado/s por los miembros del Tribunal de Evaluación. En el caso de trabajos grupales la Defensa Oral del T.F.L.N. será única y compartida por los integrantes del grupo, luego el Tribunal de Evaluación podrá evaluar individualmente a cada estudiante. Los únicos autorizados a responder estas preguntas serán el/los estudiantes. A consideración de los miembros del Tribunal de Evaluación, los Directores del T.F.L.N. podrán realizar aclaraciones sólo después de que el estudiante haya finalizado la segunda etapa de la Defensa Oral. f) Se establecen como criterios generales para la evaluación del T.F.L.N.
– Pertinencia
– Validez
– Objetividad
– Originalidad
– Rigor metodológico
– Coherencia
– Claridad en la escritura

g) El Tribunal evaluará la producción escrita y el desempeño en la Defensa Oral.
h) Realizada la Defensa Oral, el Tribunal de Evaluación, calificará el T.F.L.N. conforme al sistema de calificaciones vigente en la FBCB, y completará el Acta de Examen, la que será devuelta al Departamento Alumnado en los plazos y términos exigidos.

De los Aspectos Bioéticos:

 ART 16º

  1. Para el análisis de los Aspectos Bioéticos, todas las Propuestas de Plan de Trabajo deberán incluir el formulario del Comité Asesor de Ética y Seguridad de la Investigación de la FBCB, disponible en la página web de la Facultad. La información completada en este formulario tiene carácter de declaración jurada y deberá estar firmada por el /los estudiantes y Director y Codirector si lo hubiera. Se presentará además toda la documentación exigida por este Comité y explicitada en ese formulario según corresponda, la que dependerá según la propuesta: a) involucre la participación de seres humanos como sujetos de investigación y/o experimentación b) utiliza datos o muestras biológicas de seres humanos; c) involucre la participación de seres humanos como sujetos de observación y/o realización de encuestas; d) involucre la experimentación con animales; e) involucre la utilización de microorganismos patógenos (clase II, III o IV); f) utilice o genere sustancias incluidas en el listado de productos químicos peligrosos enumerados en la Ley 24.051; g) utilice compuestos radiactivos.
  2. El formulario y toda la documentación exigida serán analizados por la Comisión de Apoyo al Trabajo Final quienes en casos que lo ameriten solicitarán la intervención del comité institucional quien dictaminará al respecto.
  3. Las Propuestas de Plan de Trabajo comprendidas dentro de proyectos ya aprobados por el mismo u otro comité de ética y seguridad de la investigación, quedarán exceptuados de la presentación de documentación de análisis de Aspectos Bioéticos.

De los Autores:

ART 17º
a) Se consideran autores del trabajo el Director, Co-Director, en caso de que lo hubiera, y estudiante/s participante/s del T.F.L.N. El ejemplar original y cualquier otro material que pudiera resultar del trabajo realizado y que se considere de interés para la Institución, quedará debidamente resguardado en la Biblioteca Centralizada “Dr. Ezio Emiliani”.
b) No podrá publicarse ni reproducirse total o parcialmente, ni ser presentado en eventos científicos el Trabajo Final sin la autorización expresa de los autores.
c) En toda publicación o presentación en eventos científicos del T.F.L.N. deberá mencionarse la Carrera de Licenciatura en Nutrición de la Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas de la Universidad Nacional del Litoral y otras instituciones que hubiesen participado y/o financiado el trabajo.
d) En caso de que los resultados sean pasibles de ser patentados, o puedan ser utilizados con fines comerciales, los autores procederán según las normas establecidas para casos similares a nivel de la Universidad Nacional del Litoral y de los organismos que pudiere corresponder por haber subsidiado el trabajo.

Disposiciones Particulares:

ART 18º: El Director y/o Co-Director, si lo hubiera, del T.F.L.N. como así también el/los estudiantes participantes en el mismo podrán rescindir el compromiso de trabajar en conjunto, comunicando esta situación por escrito a la Comisión de Apoyo al Trabajo Final, quien resolverá en primera instancia. En ambos casos, se aceptará a los estudiantes la presentación de un nuevo Plan de Trabajo con un nuevo Director.

ART. 19º: En caso de rescisión de esta relación, la autoría sobre el tema de trabajo queda reservado al Director del T.F.L.N., debiendo los estudiantes elegir nuevo tema para su nuevo Plan de Trabajo.

ART. 20º: Ante situaciones insalvables o de fuerza mayor en que existieran dificultades para el cumplimiento de los plazos en cualquiera de los artículos de este reglamento, el Decano/a o las autoridades que él designe, quedan facultados para ampliar dichos plazos a los fines que correspondiere.

ART. 21º: Toda situación no contemplada en el presente reglamento, será puesta a consideración de la Coordinación de la Carrera de Licenciatura en Nutrición quien derivará, si lo considera necesario, a las autoridades pertinentes.

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