El viernes 11 de septiembre a las 16 h. tendrá lugar la Cnferencia denominada “Una mirada bioética al nuevo Código Civil y Comercial argentino”, en el Aula 2.4 (2° piso FBCB). Es organizada por el equipo docente de la asignatura electiva Bioética que se dicta en la Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas en el marco de la Cátedra Abierta de Bioética de la UNL, gestada a partir de un memorando de entendimiento firmado en 2008 entre UNL y UNESCO para implementar el Programa Base de Estudios sobre Bioética de la UNESCO. Este cuatrimestre se dicta la undécima edición de la electiva.
La misma tendrá como disertantes a Belén Barbero: abogada, egresada de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (FCJS) de la UNL. Conforma el Área Legales de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL). María Carolina Caputto: abogada, egresada de la FCJS de la UNL. Es integrante de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Fe y del Comité de Ética y Seguridad de la Investigación de la FBCB. Formada en Bioética en el marco del Programa de la UNESCO implementado para América Latina y el Caribe. Actualmente se encuentra cursando la Diplomatura en Derecho de la Salud organizada por la UBA. Es docente invitada en la Asignatura electiva Bioética (FBCB-UNL).
La actividad está destinada a estudiantes, graduados, docentes, investigadores y abierta al público en general interesado en temática.
La asistencia es libre y gratuita previa inscripción al correo: atrombert@fbcb.unl.edu.ar indicando nombre completo, DNI e institución a la que pertenece. En el caso de estudiantes indicar a qué carrera y facultad pertenecen. Los alumnos que cursan la asignatura electiva Bioética y la asignatura Ética Profesional de la Lic. en Biotecnología no requieren inscripción.

Sobre la conferencia
A nadie sorprende hoy día que se celebre la sanción del nuevo Código Civil y Comercial de nuestro país, tras la vigencia de aquél elaborado por Vélez Sarsfield, que fuera aprobado el 25 de septiembre de 1869 y que entrara en vigencia el 1 de enero de 1871. Dicho Código, que nos rigió durante mucho más de un siglo, fue objeto de aggiornamientos por leyes que modificaron e incorporaron muchas de sus disposiciones. Sin embargo, se hacía necesario una modificación tal que representara en términos de regulación normativa el cambio que la misma sociedad experimentó a lo largo de los años.
A grandes rasgos, podemos destacar la versión personalista/humanista que el nuevo cuerpo representa a diferencia del anterior, y que pretende reivindicar al ser humano como eje de todo el sistema, valiéndose para ello de la invocación a los tratados internacionales de derechos humanos, entre otras estrategias.
En ese punto, la influencia de ideas revalorizadas o forjadas por la bioética es indudable, y se verifica en diversos pasajes, vgr., el reconocimiento mismo de la dignidad humana y los derechos humanos, el respeto a la autonomía personal, la consideración en los debates previos a su sanción del binomio competencia bioética - capacidad jurídica, la protección a partir del respeto de su aptitud para decidir a quiénes pertenecen a colectivos vulnerables y, por supuesto, la inclusión expresa de la investigación sobre seres humanos en un artículo específico.
Intentaremos efectuar una revisión de estas interesantes modificaciones a la luz de la bioética, de manera tal de despejar dudas e inquietudes que puedan tener los participantes sobre la repercusión que la reciente vigencia del nuevo Código pueda generar en sus distintos ámbitos de actuación.